BROMATOLOGÍA MUNICIPAL COMUNICA CONDICIONES PARA PUESTOS DE VENTA DE ALIMENTOS EN LA CHAYA 2022

La Municipalidad de La Rioja a través de la Dirección de Bromatología comunicas las normas de seguridad e higiene alimentaria, como así también las prohibiciones para puestos de venta de comidas tanto para dentro del predio como para los puestos ambulantes que se ubicarán al exterior del predio.
Sobre ello la directora del área, Gabriela Sosa especificó que trabajarán arduamente con operativos para asesorar y controlar a los puestistas, en ese sentido indicó que en cuanto a las normas se debe: Contar con el Carnet de Manipulación de Alimentos, declarar el domicilio de la elaboración, establecer una persona responsable para cada función (cocinero, cajero, etc.). El Uso de uniforme, consistente en: cofia; delantal en perfecto estado de higiene; guantes descartables (en todo momento)y elementos para higiene de manos del personal.
También deben asegurar el pozo de frío: Freezer y/o conservadoras para el mantenimiento de la temperatura de los alimentos en perfecto estado de higiene (con tapas que garanticen su buen funcionamiento).Utensilios: bandejas, pinzas, cucharas, cucharones, ollas enlozadas, de acero inoxidable o aluminio en perfecto estado de higiene; recomendándose que el material apto es el acero inoxidable. Tuppers con tapas en perfecto estado de higiene y conservación. Servilletas descartables, bandejas descartables, porta panchos protegidos de la contaminación. Paños limpios. Tener r con recipientes para residuos de capacidad suficiente, con bolsas recolectora y tapa, un con recipiente con agua potable para el lavado de manos; provisto con receptáculo para el agua servida.
En cuanto a la conservación de los alimentos destacó que las verduras: Lechugas, tomates, papas, deben trasladarse ya higienizadas en tuppers con tapas y en buen estado de higiene. Y sobre los ADEREZOS: deben conservase en un recipiente con hielo alejado de la zona de cocción.
Además informó que se permite el expendio de chorizos, salchichas y hamburguesas caseras con su correspondiente rotulación (fecha de elaboración y vencimiento, y la inscripción del producto (RPE-RPPA). En caso de hamburguesas industriales, solo se permite aquellas que estén envasadas por marcas autorizadas.
Los Productos de panificación deberán estar con su correspondiente rotulación: fecha de elaboración y vencimiento, inscripción del producto (RPE-RPPA). Lo mismo en aceites de marcas registradas, envasados y en período de aptitud.
Sosa remarcó que con respectos a las prohibiciones se estableció: Que queda prohibido fumar en el momento de elaborar o servir alimentos, además del uso de mayonesas y aderezos caseros, por lo que se permite utilizar sólo industrializados.
Queda prohibida la conservación de locros y/o picadillo para la elaboración de empanadas en ollas de aluminio. Deben ser trasvasados a recipientes aptos, a excepción de los elaborados en el momento, conservar y expender alimentos ya elaborados para el día siguiente, almacenar alimentos en la misma heladera con bebidas gaseosas; El uso de recipientes de segundo uso; ejemplo: baldes de pinturas, bolsas de harinas, cajas de cartón; El uso de aceites sueltos.
Y por último, puntualizó que los sándwich de miga deben tener la fecha de elaboración RPE-RPPA vigente, y ser conservados en frío (no a temperatura ambiente).

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