LEY DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL: “AVANZAMOS PARA ROMPER AÑOS DE INVISIBILIZACIÓN Y OLVIDO”.

*Este miércoles en el Senado de la Nación, se aprobó la “Ley de

Regularización Dominial” que a través de un trabajo conjunto entre Nación,

Provincias y Municipios permitirá el otorgamiento de título de dominio de

alrededor de 4.400 barrios populares (villas y asentamientos de todo el

país).*

 

La ley beneficiará a 4 millones de personas, equivalente a 930 mil familias

que hoy viven en 4.416 barrios populares de todo el país. En La Rioja,

beneficiará a 681 familias distribuidas en 14 barrios populares.

 

En este sentido la Senadora Inés Brizuela y Doria expresó: “Con esta ley

avanzamos para romper años de invisibilización y olvido. Era una deuda

histórica que excede a este gobierno, y sabemos que no se resolverá de la

noche a la mañana; pero también sabemos que marca el inicio de un proceso

de socio integración urbana que garantiza los derechos básicos a estas

familias”. Además añadió,  “no se trata solo de títulos de tierras y de

vivienda, sino especialmente de dignidad y ciudadanía para millones de

argentinos que están fuera del sistema”.

 

Cabe destacar que estas cifras responden a un relevamiento realizado por el

Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP), el cual detalla las

familias relevadas, las cuales pudieron acceder al “Certificado de Vivienda

Familiar”, un instrumento que entrega ANSES y permite certificar su

domicilio, para hacer trámites y solicitar el acceso a servicios básicos

como luz, agua corriente y gas.

 

La presente ley es fruto del trabajo en conjunto entre el Gobierno, la

oposición y organizaciones de la sociedad civil,  la cual declara de

utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles donde están

asentados los barrios populares. Además, faculta a la Agencia

Administradora de Bienes del Estado (AABE), para celebrar acuerdos con las

Provincias y Municipios en un marco regulatorio especial en cuanto al

dominio de las tierras a favor de los ocupantes, y así poder realizar la

transferencia de los inmuebles, y establecer mecanismos de compensación

impositiva.

 

La cesión de terrenos no es gratuita, la ley prevé que las familias

obtengan un plan de pago ajustado a su realidad económica y sus

posibilidades. Las obras en los Barrios Populares incluidos en el RENABAP

deberán adjudicarse, en un veinticinco por ciento (25%) como mínimo, a las

cooperativas de trabajo u otros grupos asociativos de la economía popular

integradas, preferentemente, por los habitantes de dichos barrios.

 

Finalmente, el destino de las viviendas regularizadas serán: la de vivienda

única familiar y de ocupación permanente, contemplándose el comercio

familiar.  Serán alcanzados los barrios ya relevados e identificados en el

RENABAP en Proceso de Integración Urbana, y cuya propiedad no sea del

Estado Nacional, como así también aquellos que sean ingresados a futuro en

dicho Registro.

 

Sin dudas, “esta Ley significa no sólo un título de propiedad, sino también

la dignificación e igualdad de los derechos ciudadanos”, finalizó Brizuela

y Doria.

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