Regularización Dominial” que a través de un trabajo conjunto entre Nación,
Provincias y Municipios permitirá el otorgamiento de título de dominio de
alrededor de 4.400 barrios populares (villas y asentamientos de todo el
país).*
La ley beneficiará a 4 millones de personas, equivalente a 930 mil familias
que hoy viven en 4.416 barrios populares de todo el país. En La Rioja,
beneficiará a 681 familias distribuidas en 14 barrios populares.
En este sentido la Senadora Inés Brizuela y Doria expresó: “Con esta ley
avanzamos para romper años de invisibilización y olvido. Era una deuda
histórica que excede a este gobierno, y sabemos que no se resolverá de la
noche a la mañana; pero también sabemos que marca el inicio de un proceso
de socio integración urbana que garantiza los derechos básicos a estas
familias”. Además añadió, “no se trata solo de títulos de tierras y de
vivienda, sino especialmente de dignidad y ciudadanía para millones de
argentinos que están fuera del sistema”.
Cabe destacar que estas cifras responden a un relevamiento realizado por el
Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP), el cual detalla las
familias relevadas, las cuales pudieron acceder al “Certificado de Vivienda
Familiar”, un instrumento que entrega ANSES y permite certificar su
domicilio, para hacer trámites y solicitar el acceso a servicios básicos
como luz, agua corriente y gas.
La presente ley es fruto del trabajo en conjunto entre el Gobierno, la
oposición y organizaciones de la sociedad civil, la cual declara de
utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles donde están
asentados los barrios populares. Además, faculta a la Agencia
Administradora de Bienes del Estado (AABE), para celebrar acuerdos con las
Provincias y Municipios en un marco regulatorio especial en cuanto al
dominio de las tierras a favor de los ocupantes, y así poder realizar la
transferencia de los inmuebles, y establecer mecanismos de compensación
impositiva.
La cesión de terrenos no es gratuita, la ley prevé que las familias
obtengan un plan de pago ajustado a su realidad económica y sus
posibilidades. Las obras en los Barrios Populares incluidos en el RENABAP
deberán adjudicarse, en un veinticinco por ciento (25%) como mínimo, a las
cooperativas de trabajo u otros grupos asociativos de la economía popular
integradas, preferentemente, por los habitantes de dichos barrios.
Finalmente, el destino de las viviendas regularizadas serán: la de vivienda
única familiar y de ocupación permanente, contemplándose el comercio
familiar. Serán alcanzados los barrios ya relevados e identificados en el
RENABAP en Proceso de Integración Urbana, y cuya propiedad no sea del
Estado Nacional, como así también aquellos que sean ingresados a futuro en
dicho Registro.
Sin dudas, “esta Ley significa no sólo un título de propiedad, sino también
la dignificación e igualdad de los derechos ciudadanos”, finalizó Brizuela
y Doria.