La reforma laboral podría reintroducir beneficios sociales como los tickets canasta

En el marco de la discusión sobre la reforma laboral del Pacto de Mayo, un grupo de empresarios ha planteado la posibilidad de reintroducir los tickets canasta y los luncheon tickets. Esta propuesta implica que los actuales Restaurant Cards y las aplicaciones de prepago para compras sean considerados como “beneficios sociales” y, por ende, no remunerativos.

La reforma laboral, que busca implementar salarios dinámicos, podría permitir que los vales alimentarios representen hasta un 20% del salario, similar a lo que ocurría anteriormente con los tickets canasta y los luncheon tickets en el sector de empleados de convenio.

Además, la iniciativa contempla un proyecto que ampliaría los “beneficios sociales” no remunerativos, según lo comentado por Daniel Pérez, miembro de la Comisión de Política Tributaria de la UIA. Entre los beneficios propuestos se encuentran:

  • Reintegros de planes de medicina privada.
  • Reintegros documentados de gastos de guardería para hijos hasta 6 años.
  • Cuidadores no terapéuticos de personas enfermas o con discapacidad.
  • Provisión de dispositivos tecnológicos y acceso a internet.
  • Pago de cuotas de clubes o gimnasios.

Los tickets alimentarios estaban originalmente destinados a compras en supermercados y comidas en restaurantes adheridos, y eran considerados como “beneficios sociales” exentos de descuentos de aportes para los empleados. Por su parte, los empleadores solo pagaban una contribución patronal reducida del 14%, según Ignacio Funes, de Bruchou & Funes de Rioja.

Sin embargo, la reforma laboral plantea cambios significativos en el artículo 103 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, manteniendo la definición de beneficios sociales pero ampliando el listado de los mismos. A partir de esta reforma, se incluirían nuevos beneficios como la provisión de almuerzos o bonos destinados a alimentos, que anteriormente estaban limitados a la provisión de comedores en las empresas.

El tributarista Pablo Agüero advierte que cualquier legislación propuesta sobre beneficios sociales debe ser redactada cuidadosamente para evitar problemas con precedentes judiciales que han determinado que ciertos beneficios no pueden ser considerados no remunerativos. Los tickets alimentarios, que fueron creados por un DNU en 1989, fueron incorporados a la LCT en 1996 pero fueron derogados en 2007 debido a que se consideró que presentaban características de salario, con la consecuente obligación de pagar cargas sociales.

El debate sobre la naturaleza de estos beneficios ha llegado hasta la Corte Suprema de Justicia, que en fallos anteriores consideró que los tickets canasta no podían ser clasificados como no remunerativos. Según José Zabala, del estudio Adrogué, Marqués & Zabala, la Corte determinó que la clasificación de los vales alimentarios como beneficios sociales podría transformar a los trabajadores en beneficiarios en lugar de empleados, lo que cambiaría la dinámica del contrato laboral.

Por lo tanto, aunque se habla de la posibilidad de reintroducir los tickets canasta o beneficios sociales similares, cualquier implementación deberá considerar las implicaciones legales y su viabilidad en el contexto actual del mercado laboral argentino.