que comprende a los agentes de la Administración Pública Central, que se
extenderá desde el lunes 19 de diciembre a 3 de febrero de 2017, incluidos
el personal de Planta Permanente como Transitoria. Se establecerán guardias
se informó y además que la inactividad dispuesta por la normativa permitirá
generar ahorro energético en el ámbito público.*
La medida está contenida en el decreto Nº1590 del Ejecutivo Provincial, en
el que además deja sin efecto la aplicación de las Leyes Nº 6.8886 y Nº
6.914 y su decreto reglamentario Nº 677700, que establecieron el artículo
48º Inc. a) del decreto Ley Nº3.870779; quedando absorbida la Licencia
anual Reglamentaria que establece dicha norma por el periodo antes
mencionado.
El decreto dispone además que durante el periodo de receso quedarán
suspendidos los plazos y términos administrativos determinados en la Ley de
Procedimientos Administrativos-Decreto ley Nº 4.044781 y complementaria,
como asís también la atención al público y70 la recepción de trámites, a
excepción de aquellos que por naturaleza u origen se consideren urgente.
Cada repartición adoptará las medidas pertinentes para garantizar la
atención de las cuestiones urgentes que pudieran suscitarse durante el
periodo del receso del receso; dejando una guardia que no podrá exceder del
treinta por ciento (30%) de la planta de su personal y que prestará
servicios solo en el turno mañana el que durante el periodo de receso será
de 8.30 a 12.00.
El decreto Nº1.590 del Ejecutivo indica además que el personal que cubra
guardias gozará de un periodo de compensación de Receso del 6 de febrero al
24 de marzo de 2017, ambas fechas inclusive.
Los ministros de Salud Pública y de Educación, como las reparticiones que
brindan servicios de seguridad y/0 servicios esenciales, particularmente
las encargadas de la gestión de pago de haberes y prestaciones
alimentarias, quedarán facultades adecuadas las modalidad de otorgamiento
de receso a sus empleados según las características especiales de dicho
servicio.
En el artículo 7º del decreto Nº1.590 se invita a los municipios
departamentales, entes autárquicos y descentralizados a adherirse a los
términos de esta normativa.